Doctrina del TSJPV sobre la legítima estricta en el derecho civil vasco

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El alcance de la legítima estricta según la doctrina del TSJPV en 2024

En junio de 2024, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) fijó una nueva doctrina sobre la legítima estricta en el derecho civil vasco, aclarando aspectos fundamentales para la interpretación de las sucesiones en esta comunidad autónoma.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJPV ha establecido que, de acuerdo con la Ley 5/2015 de 25 de junio, en el derecho civil vasco no existe la figura de la legítima estricta como en otras normativas, como el Código Civil.

Esta interpretación implica un cambio relevante para la regulación de herencias y la distribución de bienes en el País Vasco.

¿Qué implica la ausencia de legítima estricta en el derecho civil vasco?

La doctrina del TSJPV establece que, en las sucesiones reguladas por el derecho civil vasco, los descendientes no tienen un derecho estricto a la legítima. Esto significa que, en un testamento otorgado bajo la norma vasca, los descendientes pueden ser instituidos herederos o legatarios sin verse obligados a recibir una porción estricta de la herencia, como ocurre bajo el Código Civil.

En concreto, si un descendiente es instituido legatario de una porción de legítima estricta en un testamento conforme al Código Civil, quedará apartado de esta sucesión en la normativa vasca si existen otros descendientes designados como herederos o legatarios.

Diferencias clave entre el derecho civil vasco y el Código Civil en materia de sucesiones

La Ley 5/2015 de 25 de junio del derecho civil vasco establece una regulación específica en materia de sucesiones que se aparta de la normativa general del Código Civil español.

Esta ley permite una mayor libertad para el testador a la hora de distribuir sus bienes entre los descendientes, sin las restricciones de la legítima estricta.

Esto permite que en el País Vasco el testador tenga más flexibilidad en la designación de herederos y legatarios, adaptando la sucesión a sus circunstancias familiares particulares.

¿Qué significa la doctrina del TSJPV para los testamentos otorgados en el País Vasco?

Esta doctrina ofrece claridad a los ciudadanos vascos sobre cómo pueden gestionar su herencia sin estar sujetos a los límites impuestos por la legítima estricta del Código Civil. Así, en caso de que el testador haya otorgado testamento bajo el Código Civil e instituido a un descendiente como legatario de la legítima estricta, esta condición no será aplicable si la sucesión se rige por el derecho civil vasco.

Este cambio supone un avance en la autonomía sucesoria del testador en el País Vasco.

¿Cómo afecta esta doctrina a los herederos y legatarios en el País Vasco?

La doctrina del TSJPV afecta especialmente a los descendientes y familiares que se verán beneficiados o excluidos de la legítima estricta en función de la normativa aplicable. En el derecho civil vasco, los herederos y legatarios no están sujetos a las mismas condiciones estrictas de reparto de la legítima, como ocurre en otras comunidades autónomas.

Por lo tanto, los ciudadanos vascos deben tener en cuenta esta doctrina a la hora de planificar su sucesión, ya que les permite organizar su patrimonio de una manera más flexible y conforme a sus deseos personales.

La importancia de contar con asesoramiento legal en el derecho civil vasco

Dado el alcance de esta doctrina y la diferencia en el tratamiento de las sucesiones en el derecho civil vasco frente al Código Civil, es recomendable que los ciudadanos vascos busquen asesoramiento legal especializado.

Un abogado experto en derecho civil vasco puede ofrecer una orientación adecuada para asegurar que el testamento cumpla con las disposiciones deseadas y que se ajuste a las particularidades de la ley vasca en cuanto a la ausencia de la legítima estricta.